El tributo en oro en la época colonial. El caso del Códice de Tepetlaóztoc

Manuel A. Hermann Lejarazu

El Códice de Tepetlaóztoc obedece a un requerimiento de los pobladores de Tepetlaóztoc para que se redujeran los tributos en que habían sido tasados en 1551. Ahí se registran pagos en especie como maíz, textiles, frijoles, chiles, sal, pinole, etcétera. En cuanto a la tributación en oro, los encomenderos que más se beneficiaron fueron Hernán Cortés, Miguel Díaz de Aux y Gonzalo de Salazar.

 

Antes que los funcionarios de la Segunda Audiencia pudieran regular el monto y valor de las imposiciones tributarias entregadas a los encomenderos hacia 1532, el sector indígena ya había sido profundamente afectado por los abusos de los conquistadores en los primeros años de vida novohispana. En este amanecer del dominio colonial, mientras la corona aún vacilaba en la implementación de leyes que mermaran el poder de Hernán Cortés y de otros ambiciosos españoles, numerosos pueblos y comunidades indígenas sufrieron el maltrato y la  explotación de los encomenderos a partir de pesadas exacciones tributarias, ya fuera por servicios personales o por medio de pagos en especie (alimentos, granos, textiles). Pero en particular, el oro se convirtió en uno de los bienes más codiciados por los recién llegados, a pesar de los esfuerzos de la monarquía para limitar los tributos con base en las regulaciones oficiales o tasaciones.

 

El Códice de Tepetlaóztoc

 Numerosos documentos y códices dan cuenta de las quejas que levantaron los pueblos indígenas ante los abusos cometidos por encomenderos o, incluso, por los propios funcionarios reales. En algunas de esas pictografías existen registros detallados de las cantidades en oro que tenían que entregarse como parte del tributo. Como ejemplos podríamos mencionar el Códice de Tepeucila , manuscrito cuicateco de la región de la cañada al norte de Oaxaca, o el Códice de Tepetlaóztoc , elaborado en este señorío acolhua de la región de Texcoco, al oriente de la ciudad de México.

El Memorial de los Indios de Tepetlaóztoc , también conocido como Códice Kingsborough  o Códice de Tepetlaóztoc , contiene 72 fojas de papel europeo con medidas de 29.8 por 21.5 cm, encuadernadas en un solo volumen. No todas las fojas están pintadas por ambos lados, pues seis permanecieron sin elementos pictóricos ni glosas, pero el número total de fojas que compone el documento suma 144. El manuscrito se encuentra en el Museo Británico de Londres, Inglaterra, el cual lo adquirió después de que perteneciera al coleccionista Lord Kingsborough hacia la primera mitad del siglo XIX.

En términos generales, el códice obedece a un requerimiento de los pobladores de Tepetlaóztoc para que se redujeran los tributos en que habían sido tasados en 1551 por el oidor Antonio Rodríguez de Quesada en favor del encomendero Juan Velázquez de Salazar. No obstante, si bien parecía una demanda bastante específica, la comunidad indígena envió al Consejo de Indias todo un expediente pictográfico, debidamente comentado con glosas en español, sobre la historia y fundación de Tepetlaóztoc en la época prehispánica, que incluía, desde luego, los constantes abusos de sus encomenderos a lo largo de 32 años de tributos.

En efecto, en todas las láminas del códice se detalla información sobre los productos entregados a cada uno de los encomenderos (o a sus enviados) para cubrir las demandas exigidas. Por un lado, se registran pagos en especie como maíz, textiles, frijoles, chiles, sal, pinole, guajolotes, etcétera, mientras que por otro se anotan también los servicios personales de la gente empleada en la cocina, en caballerizas, en la construcción de casas, molinos o cualquier otra actividad que se les exigía.

En cuanto a la tributación en oro, vemos que los encomenderos que más se beneficiaron en Tepetlaóztoc fueron Hernán Cortés, Miguel Díaz de Aux y el factor (recaudador de la Real Hacienda) Gonzalo de Salazar. Según el códice, desde 1523 se entregaron a Cortés, a lo largo de tres años, 120 tejuelos de oro con un valor de 3 600 pesos de oro de minas, además de una preciosa joya en forma de escudo elaborada en oro y plumas ricas con la imagen de la diosa Xochiquétzal. Todavía en el último año, antes de que le fuese quitada la encomienda en 1525, Cortés envió a un mayordomo de nombre Antón para que recogiera una gran cantidad de tejuelos y planchones de oro, así como varios collares elaborados con pequeños caparazones de tortuga y cascabeles, sartales con diminutos insectos y otros collares de cuentas esféricas (Códice de Tepetlaóztoc , f. 9A).

Todos esos tributos constituían, indudablemente, un exceso que no estaba regulado, y fue el motivo principal para que varios pueblos del Centro de México y Oaxaca acusaran a sus encomenderos de dichos abusos. En el ya citado Códice de Tepeucila,  los cuicatecos llevaron a proceso en  1543 al conquistador Andrés de Tapia por haberles cobrado enormes cantidades de tejuelos de oro y otros objetos de incalculable valor artístico, como jarras, escudos, orejeras, cruces cristianas (también en oro) e, incluso, joyas en forma de alas de mariposa con cabeza humana, superando con creces la tasación de 80 pesos de oro en polvo molido que estaba autorizada desde 1535.

 

Manuel A. Hermann Lejarazu. Doctor en estudios mesoamericanos por la UNAM. Investigador en el CIESAS-Ciudad de México. Se especializa en el análisis de códices y documentos de la Mixteca, así como en historia prehispánica y colonial de la región. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

 

Hermann Lejarazu, Manuel A., “El tributo en oro en la época colonial. El caso del Códice de Tepetlaóztoc”, Arqueología Mexicana núm. 144, pp. 72-75.

 

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